Qúbica Abogados Guadalajara

Pensión de alimentos: dudas más frecuentes

pension-alimentos-abogado-guadalajara
  1. Home
  2. /
  3. Divorcios
  4. /
  5. Pensión de alimentos: dudas...

La pensión alimenticia es una cantidad monetaria que deben satisfacer los familiares en beneficio de otros en estado de necesidad. Lo más habitual es que se refiera a la pensión que reciben los hijos en caso de padres divorciados o separados.

Se trata de un tema controvertido y que genera muchas dudas y conflictos en los procesos de separación o divorcio. Vamos a aclarar en qué consiste, el caso concreto de la custodia compartida y cómo calcularla.

Pensión alimenticia qué incluye

Lo podemos definir como un pago, generalmente mensual, que se establece en favor de familiares desfavorecidos. Lo más habitual, como decíamos, es que se genere para los padres divorciados en relación a sus hijos.

La pensión de alimentos debe pagarse cuando los hijos son menores de edad, o aún siendo ya mayores, cuando no se mantengan por sí mismos. Es decir, no se extingue por el mero hecho de alcanzar la mayoría de edad.

La pensión de alimentos incluiría, según nuestro Código Civil, los gastos de:

  • Sustento
  • Habitación.
  • Vestido
  • Educación e instrucción.
  • Gastos de embarazo y parto.

Gastos ordinarios y extraordinarios

La pensión de alimentos normalmente queda regulada en la sentencia de separación o divorcio o en el convenio regulador.

Su cuantía incluiría los gastos básicos habituales del menor, es decir, sus gastos ordinarios (aquellos que son previsibles y periódicos) se consideran incluidos.

Pero ¿qué ocurre con los gastos extraordinarios? Puede suceder que a lo largo de la vida del menor aparezcan otros gastos que no se habían contemplado en un inicio. Por ejemplo la necesidad de una ortodoncia o unas gafas. Estos gastos más imprevisibles y eventuales se asumirían al 50% por cada progenitor. En caso de conflicto habría que acudir a los Tribunales.

Custodia compartida y pensión de alimentos

Una creencia muy extendida es que en caso de custodia compartida no existe derecho a pensión de alimentos y esto no tiene porqué ser así.

Si hay un desequilibrio patrimonial por ejemplo entre ambos progenitores, aun en caso de custodia compartida, puede establecerse una pensión de alimentos. Es decir, si uno de los progenitores tiene unos ingresos bastante inferiores al otro, el Juez puede establecer el pago de una pensión alimenticia. Su finalidad no es para el beneficio del otro padre/madre sino para que el hijo mantenga el mismo nivel de vida que cuando sus padres estaban juntos.

Cómo se calcula la pensión alimenticia

Para establecer su cuantía no se tiene en cuenta únicamente el sueldo de los progenitores sino estos otros factores:

  • Las necesidades de los hijos: es fundamental que las necesidades de los hijos queden cubiertas y que mantengan el mismo nivel de vida que antes de la separación o divorcio
  • La situación económica de cada progenitor: si existe un desequilibrio en los ingresos, se puede determinar la existencia de esta pensión.
  • Tiempo de permanencia con los hijos: custodia compartida no es necesariamente al 50% del tiempo sino que pueden darse otros repartos, por ejemplo 60-40. En este caso, los gastos también se ponderarían según este porcentaje.
  • El uso de la vivienda familiar: uno de los factores que puede tenerse en cuenta para el cálculo es si uno de los padres tiene atribuida la vivienda familiar.

Como vemos, no son pocos los aspectos conflictivos en la determinación de una pensión de alimentos. En todas estas situaciones, lo más aconsejable es contar con el asesoramiento experto de un abogado especializado en Derecho de Familia. En Qúbica Abogados tenemos años de experiencia en procesos de separación o divorcio y custodias y podremos ayudarle. Contáctenos para que podamos valorar su caso y acompañarle en el proceso.

Abrir chat
1
Qúbica Abogados
¿Cómo podemos ayudarte?
Call Now Button