El delito de lesiones: lo que debe saber
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El delito de lesiones recogido en nuestro Código Penal sanciona los daños corporales, físicos y mentales a otras personas. Existen distintas modalidades según la lesión cometida, y por lo tanto también se contemplan distintas penas o multas. Aclaramos en este artículo en qué consiste el delito de lesiones, los delitos leves o graves de lesiones, así como las lesiones por imprudencia.
Normativa:
Artículos 147 a 156 del Código Penal.
Delito de lesiones: en qué consiste
El tipo básico de este delito se produce, como decíamos anteriormente, cuando se causa una lesión en otra persona que menoscabe su integridad corporal, su salud física o su salud mental. Pero además es necesario que precise asistencia facultativa y tratamiento médico o quirúrgico posterior.
En general para este tipo básico la pena puede consistir en prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses. Sin embargo, en determinadas circunstancias, se prevé una pena superior (tipo agravado) y en concreto, tendrán pena de 2 a 5 años de cárcel cuando:
- Se utilicen armas, objetos o medios especialmente peligrosas para salud física o psíquica.
- Cuando la lesión se produce con ensañamiento o alevosía.
- En función de la víctima:
- Menores de 12 años o con discapacidad
- En los casos de que la víctima sea o haya sido esposa o relación equivalente (aun cuando no haya existido convivencia)
- Si se trata de una persona vulnerable y convive con el autor.
En estos dos últimos supuestos nos encontramos de lo que se suele conocer como malos tratos en el ámbito familiar.
Delito leve de lesiones
En función de su gravedad pueden ser básicas, leves, graves y muy graves. Tras la reforma del Código Penal en 2015 desapareció la falta de lesiones para convertirse en un delito menos grave de lesiones, y aumentando la pena.
Lesiones leves
Se entiende que nos encontramos ante un delito leve de lesiones cuando dicha lesión no requiere tratamiento médico o quirúrgico para su curación. También en aquellos casos en que el autor golpea o maltrata de obra a otro sin causarle lesión. En ambos casos la pena prevista es una multa. Se trata de los casos más habituales cuando se produce una pelea o disputa.
Lesiones imprudentes
El Código Penal también regula las situaciones en la que las lesiones no se han cometido de forma dolosa (a propósito) sino imprudente.
Hay que resaltar en este punto las lesiones que pueden producirse con un vehículo a motor o ciclomotor. Se considerará que existe imprudencia grave cuando:
- La conducción se haya producido bajo la influencia de drogas, estupefacientes o alcohol.
- La velocidad haya sido superior a 60km/h en vía urbana o superior en 80 km/h en vía interurbana a la permitida.
¿Qué ocurre con las lesiones consentidas?
Podríamos encontrarnos en la situación de que el ofendido haya consentido el delito. En estos casos:
- Se prevé una pena inferior
- Pero es necesario que el consentimiento sea válido, libre, espontáneo y se haya emitido expresamente. Por lo tanto, no puede darse en los casos de menores de edad, ni personas con discapacidad.
Además, se contemplan expresamente varios supuestos, con consentimiento, en los que no existe responsabilidad penal:
- Trasplante de órganos, realizado con arreglo a lo dispuesto legalmente.
- Esterilizaciones y cirugía transexual realizadas por facultativo.
Como hemos visto, las lesiones son objeto de una amplia regulación y existen distintos tipos penales. En cualquiera de los casos anteriores, tanto si nos han imputado un delito de lesiones como si hemos sido víctimas, es necesario contar con un abogado especialista en Derecho Penal. En Qúbica Abogados somos abogados especialistas en delitos de lesiones. Le asesoraremos y acompañaremos durante todo el proceso.