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Plan me cuida: lo que necesita saber.

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Con la incidencia de Ómicron descontrolada, sobre todo provocando muchos contagios en niños menores de edad, y además bastante pequeños, muchos padres están valorando diversas formas de conciliar su vida laboral con el cuidado de sus hijos. Cada vez son más aquéllos que se interesan por el Plan me cuida, aprobado por el Gobierno en marzo de 2020. Aquí vamos a resumir los aspectos clave de ésta y otras medidas de conciliación. Ante cualquier duda o problema de índole laboral, recomendamos acuda a un abogado laboralista que podrá asesorarle sobre la mejor forma de actuar.

Aspectos clave del Plan me cuida

Va destinado a personas que “acrediten deberes de cuidado respecto del cónyuge o pareja de hecho, así como respecto de los familiares por consanguinidad hasta el segundo grado del trabajador”. 

A este plan también se podrán acoger aquellas personas que, dado el contexto de la pandemia, ya no dispongan del cuidador o familiar que, con anterioridad, se hacía cargo de la persona dependiente.

El Plan ‘MECUIDA’ no es un permiso remunerado, pero permite el ajuste de la jornada laboral para poder compatibilizarla con el cuidado de los familiares.

La modificación que se haga se tiene que solicitar con una antelación de 24 horas, y tendrán que ser solicitudes de adaptaciones de manera “justificable, razonable y proporcionada”. Este cambio de la jornada laboral será válido únicamente mientras exista el período excepcional, por ejemplo, para cuidar a un hijo contagiado de Covid como decíamos anteriormente.

Las modificaciones de la jornada que contempla esta medida son cinco: 

  • pedir un cambio de turno
  • alteración del horario (pudiendo llegar a una reducción del 100%)
  • horario flexible
  • solicitar la realización de la jornada partida o continuada
  • y cambio en la forma de prestación del trabajo (como es el teletrabajo).

¿Qué lo diferencia de las medidas de conciliación existentes en España?

Frente a la reducción de jornada tradicional, que prevé que sea entre una octava parte y la mitad de la jornada, el Plan Me Cuida permitiría la reducción de hasta el 100%. También existe diferencia en el plazo de preaviso siendo en circunstancias normales de 15 días y con el Plan Me Cuida se reduce a 24 horas.

Respecto a la adaptación de la jornada, la tradicional comprendía algunos o varios de los siguientes puntos:

1. Adaptación de la duración y distribución de la jornada

2. En la ordenación del tiempo de trabajo

3. En la forma de prestación incluida la prestación del trabajo a distancia, siendo las adaptaciones de jornada, mucho más amplias con el Plan Me Cuida.

De momento, por lo tanto, si nos encontramos con alguna dificultad de conciliación motivada por la situación epidemiológica actual, podemos valorar esta posibilidad (por lo menos hasta febrero de 2022).

Para cualquier duda laboral y en especial si tiene problemas para negociar con su empresa medidas de conciliación, lo más adecuado es acudir a un abogado especialista en Derecho Laboral, como Qubica Abogados, para que analice su caso concreto y pueda asesorarle sobre las distintas opciones.

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