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¿Se puede desheredar a un hijo?

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A veces existen situaciones familiares complicadas en las que las personas que van a otorgar testamento se preguntan si se puede desheredar a un hijo o a un familiar considerado heredero forzoso. Te contamos en qué consiste la desheredación, si se puede desheredar a un hijo, quién puede realizarla, a quién afectaría y sus causas.

En Qubica Abogados somos expertos en Herencias y tanto si se enfrenta a la necesidad de desheredar a alguno de sus herederos forzosos, como si necesita impugnar un testamento y declarar nula una desheredación, podemos ayudarle.

Desheredación qué es

Aunque lo más normal es que pensemos que desheredar es sinónimo de privar de una herencia, lo más correcto sería afirmar que desheredar implica privar a un heredero forzoso de su derecho a la legítima. Tenemos que aclarar por tanto, quién es considerado heredero forzoso en una herencia y a qué nos referimos con legítima

El concepto de heredero forzoso viene definido en el artículo 807 de nuestro Código Civil:

  • Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  • A falta de hijos, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  • A falta de los anteriores, el viudo o la viuda en la forma y medida que establece el Código Civil.

 

Sin embargo hay que matizar que los herederos forzosos definidos como establece el Código Civil, no tienen derecho a heredar el total de los bienes del fallecido, sino que su derecho protegido se establece en relación a la legítima: el tercio de la herencia reservado para ellos.

Entonces ¿un hijo desheredado tiene derecho a la legítima?

La respuesta es que no, siempre que la desheredación sea justa y por tanto:

 

– se ha realizado por quien tiene capacidad para realizarla

– cumpliendo ciertos requisitos en cuanto a la forma (que se haya recogido en el testamento y en caso de testamento ológrafo, por un mayor de edad)

– según las causas previstas en la ley.

 

Hay que tener en cuenta que los hijos o descendientes del desheredado ocupan el lugar y conservan los derechos de herederos forzosos respecto a la legítima. Esto quiere decir que si desheredo a mi hijo, mi nieto ocupará su lugar en la herencia, como si fuera mi hijo, no aplicándole la desheredación.

Causas de desheredación

Nuestra legislación recoge una serie de causas para la desheredación, de tipo genérico, es decir, que aplicarían a cualquier heredero forzoso y otras específicas para hijos, ascendientes o viudos.

Entre las causas genéricas se encuentran:

  • Haber sido condenado, por sentencia firme, por atentar contra la vida o causar lesiones o ejercido habitualmente violencia física o psíquica en el ámbito familiar al testador, su cónyuge, persona a la que esté unida por análoga relación de afectividad o alguno de sus descendientes o ascendientes.
  • Haber sido condenado, por sentencia firme, por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual, si el ofendido es alguna de las personas a las que nos hemos referido en el punto anterior.
  • Acusar al testador de delito para el que la ley señala pena grave, si es condenado por denuncia falsa.
  • Obligar al testador, con amenazas, fraude o violencia, a hacer testamento o a cambiarlo.
  • Impedir a otro, por iguales medios, hacer testamento o revocar el que tenga hecho, o suplantar, ocultar o alterar otro posterior.

Causas específicas para desheredar a los hijos y descendientes

Además de las genéricas, como decíamos, existen otras causas que aplican a los hijos o descendientes específicamente:

  • Negar, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
  • Haber maltratado o injuriado gravemente al padre o ascendiente que le deshereda.

Causas específicas para desheredar a los padres y ascendientes

Las causas específicas que aplicarían a los padres y ascendientes serían las siguientes:

  • Pérdida de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
  • Negar alimentos a los hijos o descendientes sin motivo legítimo.
  • Atentar uno de los padres contra la vida del otro, si no hubiere habido entre ellos reconciliación.

Causas específicas para desheredar al cónyuge

Son causas justas para desheredar al cónyuge:

  • Incumplir grave o reiteradamente los deberes conyugales.
  • Pérdida de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
  • Negar alimentos a los hijos o al otro cónyuge.
  • Atentar contra la vida del cónyuge testador, si no hubiere mediado reconciliación.

En caso de necesitar asesoramiento legal en una situación de desheredación lo ideal es acudir a un abogado especializado en herencias. En Qubica Abogados sabemos que las herencias son procesos complejos, además por la situación que se está viviendo, por lo que aconsejamos elaborar un testamento, para facilitar este trámite a nuestros herederos.

 

 

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